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El Artículo 2.7 de la
Ley de Ética
Gubernamental de Estado Libre Asociado de Puerto Rico
dispone que todo servidor público tendrá que tomar cada dos
(2) años un mínimo de diez (10) horas de cursos otorgados
por la Oficina de Etica Gubernamental para mantener un
proceso de Educación Continua. Los primeros dos (2) años se
empezarán a a contar al comenzar el año fiscal 2002-03,
aunque se acreditarán aquellos cursos ofrecidos o
convalidados por el Centro para el Desarrollo del
Pensamiento Etico (CDPE) desde el 1ro de mayo de 2000.
Podemos
asistir a cursos, seminarios
y conferencias aprobados por el Centro para el Desarrollo
del Pensamiento Ético (CDPE).
Además,
pueden utilizarse otros medios alternos como la lectura
independiente de textos aprobados por el CDPE, así como
videos, televisión y radio. Algunos libros, documentos
oficiales, revistas y programas que se convalidan como horas
curso .
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Información sobre métodos alternos de
educación continua en ética
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Carta
Circular 2006-02 Métodos Alternos
Certificación
de lectura
Carta Circular 2007-09
Acceso de material educativo, cursos e información general
para personas con
impedimentos
El Comité de
Ética les insta a familiarizarse con el contenido de las
cartas circulares antes mencionada y a visitar con
regularidad nuestra página y la de la Oficina de Etica
Gubernamental.
Pueden solicitar información adicional en la Oficina de
Recursos Humanos de la Universidad de Puerto Rico en
Aguadilla, a través del portal en la Internet de la Oficina
de Ética Gubernamental
http://www.oegpr.net o mediante correo electrónico a
etica@universia.pr. |