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Registraduría

Detalles Categoría: Academia

National Student Clearinghouse

UPR Aguadilla ha autorizado a National Student Clearinghouse (Centro Nacional de Intercambio de Información para
Estudiantes) para proporcionar verificaciones de matrícula y títulos. Para mas información puede visitar la página web.
UPR AGUADILLA OPEID: 012123

www.degreeverify.org
National Student Clearinghouse
2300 Dulles Station Boulevard, Suite 220, Herndon, VA 20171

Misión

La oficina de Registradurí­a tiene la responsabilidad de custodiar y mantener los expedientes académicos de los estudiantes graduados, activos e inactivos; mientras vigila por la privacidad y seguridad de los expedientes según requerido por ley.

 

Visión

Ser líder  modelo en los procesos de la Oficina de Registradurí­a, implementando procesos innovadores y tecnología avanzada que nos permitan proveer a nuestros estudiantes una alta calidad de servicios, accesibles y confiables, colocando al estudiante como el centro de la vida Universitaria.

 

Oficina de Registradurí­a

La oficina de Registradurí­a es la encargada de regular y controlar los procesos que evidencian la trayectoria académica del estudiante. Es responsable de asegurar que se cumpla la reglamentación académica vigente. El Registrador es el notario y custodio legal de la documentación académica de los estudiantes. También certifica documentos relacionados con el historial universitario de estudiantes activos y ex-alumnos.

 

Progreso Académico

 

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Amnistía Académica

Asistencia a Clases

El / la estudiante solamente está autorizado a asistir a aquellos cursos y secciones especificados en el programa de clases del semestre matriculado. La asistencia a cursos y secciones distintos a los matriculados puede llevar a la obtención de “F” en los cursos que no está asistiendo.

La asistencia a clases es obligatoria.
Los/las profesores/as indicarán al Registrador(a) las ausencias. Las ausencias frecuentes a clases y a exámenes afectan la calificación final y pueden resultar en la retención de su cheque de beca.

Registro de asistencia a clases (por la facultad):    UPR-NEXT

Bajas Parciales y Totales

Baja Parcial

Consiste en dejar uno o varios cursos matriculados durante la sesión académica activa.  El proceso se lleva a cabo a través del Portal (portal.upr.edu); dentro de las fechas establecidas en el Calendario Académico.  Debe seguir las instrucciones adjuntas para realizar el proceso (Instrucciones-Bajas Parciales).  Una vez completado debe cotejar su correo electrónico para confirmar que la baja fue procesada con éxito.  Si el mensaje que recibe es que su baja NO fue procesada, debe pasar por nuestra oficina (Registraduría) con copia impresa del mensaje.  Nuestro personal le asistirá en el proceso.  Se aceptarán reclamaciones hasta 5 días lectivos, después de la última fecha para Bajas Parciales; según establecida en el calendario. Después de este periodo y sin copia de su recibo NO se aceptarán reclamaciones, ni se procesarán bajas.

*Si solo lleva matriculado un curso y desea darse de baja, vea las instrucciones de Bajas Totales.

Baja Total

Consiste en dejar todos los cursos que lleva matriculados durante la sesión académica activa.  Si solo lleva matriculado 1 curso, y desea darse de baja, constituye una Baja Total.  El proceso se inicia a través del Portal (portal.upr.edu) y culmina con la entrega de la solicitud en nuestra oficina (Registraduría).  Inicie el proceso siguiendo las instrucciones adjuntas (Instrucciones-Bajas Totales).  El último día de clases, según calendario académico, es la fecha límite para radicar una Baja Total. Después de este día NO se puede procesar ninguna Baja Total.  La plataforma cierra el acceso al medio día y el estudiante tendrá hasta las 4:30 p.m. para radicar la solicitud en nuestra oficina

Calificaciones

El sistema de calificaciones utilizado en esta Institución es el siguiente:

 

A            – Excelente

B            – Bueno

C            – Satisfactorio

D            – Aprobado, pero deficiente

F             – Reprobado

F*           – Dejó de asistir

P             – Aprobado (no se considera en el promedio académico)

NP          – No aprobado

NP*       – Dejó de asistir

WP*      – Nunca asistió

W           – Baja autorizada

W*         – Nunca asistió

I              – Calificación provisional, Incompleto. Se incluye la “I” y la calificación provisional (Ej. “IC”)

Cambios en los Programas de Clases

El estudiante puede hacer cambios a su programa de clases en el día estipulado en el calendario académico para el periodo de matrícula. Puede realizar los cambios visitando su departamento académico con su consejero académico..

Catálogo

Oprima este enlace para ver el Catálogo

Certificaciones

Certificaciones emitidas por Registradurí­a

La Oficina de Registradurí­a ofrece certificaciones a todo estudiante que lo solicite, a los efectos de ser presentadas ante: Departamento de Educación, Seguro Social, Contribución sobre Ingresos, Planes Médicos, Vivienda, Programa de Asistencia Nutricional y Programas de Becas de Instituciones Privadas. También se preparan otras certificaciones para propósitos personales tales como: cantidad de créditos aprobados, índice académico general, graduación, etc.

Certificaciones aplicables a la Oficina de Registraduría

Costos

Solicitud Costo Costo Tardío
Baja Parcial

Baja Total

Certificación

Graduación

Duplicado de Diploma

Mejoramiento Profesional

Permiso Especial

Readmisión

Readmisión con Traslado

Reclasificación

Segundo Bachillerato, Menores….

Traslado

$5.00 (en progreso)

$10.00 (en progreso)

$5.00

$80.00

$25.00

$33.00

$30.00

$35.00

$85.00

$20.00

$5.00

$50.00

  • Toda solicitud tardía conlleva un cargo adicional de $10.00; con excepción de: solcitud de Graduación, Certificaciones, Bajas.
  • Estos costos han sido certificados por la oficina de Recaudaciones. Cualquier duda respecto a los mismos, debe comunicarse con ellos.

Equivalencias y Sustituciones

Convalidación o equivalencia de cursos (certificación 43 2019-2020 Junta de Gobierno)

Todos los cursos aprobados con el mismo código y título en el Sistema UPR son equivalentes. Esto es, el trato que se le dé a un curso tomado en el Sistema de la Universidad de Puerto Rico será el mismo sin importar la unidad en que fue tomado.

Se recomienda que en el caso de cursos de educación general que difieran en codificación se considere la equivalencia tomando como referencia primordialmente si la pareja de cursos (o grupo de cursos) responde a los mismos objetivos en el programa receptor. La convalidación o equivalencia de cursos de tipo medular o de concentración dependerá primordialmente de la similaridad de objetivos y contenido. Las unidades participantes del acuerdo deberán reunirse regularmente para evaluar los objetivos y la codificación de estos cursos con el fin de tratar de aminorar esta pérdida.

Estudiantes Veteranos y sus Dependientes Legales

“Ley 203” del 14 de diciembre de 2007

Derechos del Veterano puertorriqueño relacionados con la educación

Esta ley es para aquellos veteranos retirados y/o sus dependientes legales. Establece que todo veterano que haya agotado los beneficios de estudio bajo la legislación federal, sin haber terminado sus estudios, tendrá derecho a matrícula gratuita (no incluye cuotas, libros y/o materiales). En caso de sus dependientes, el descuento será de 50% en matrícula, cuotas, libros y/o materiales. Si el veterano falleció en acción o a consecuencia de esta el descuento a otorgarse será de 100%.

Al reclamar el beneficio, el veterano debe entregar copia de su DD-214 “from Active Duty-Honorable Discharge” y certificación de veteranos que establezca que agotó sus beneficios para estudio bajo la legislación federal o está próximo a agotar; estableciendo la fecha en que culminan los beneficios. Esta certificación la obtienen a través del portal de VA. En caso de dependientes entregará copia de DD-214 y certificado(s) que aplique(n) nacimiento, matrimonio, adopción, certificación de dependientes (en caso de hijastros o ID) muerte que establezca relación con el servicio activo.

La Universidad de Puerto Rico y todas sus unidades académicas, así como cualquier institución de educación postsecundaria del Estado o sus Municipios, brindarán prioridad en la admisión de estudiantes a los veteranos, sus cónyugues y sus hijos. Este privilegio aplica tanto a nivel sub-graduado, nivel postsecundario tecnico-profesional, como al nivel graduado.

*Este derecho NO aplica a “Mejoramiento Profesional”, salvo que el mismo esté relacionado al grado alcanzado; para lo cual deberá incluir una copia Oficial de su transcripción de crédito. Además, debe cumplir con el índice mínimo de retención requerido.

Beneficios que aplican según la Ley

Categorías Costos de matricula Cuotas Libros y materiales
 

Veteranos que agotaron sus beneficios de GI Bill®

100% N/A N/A
 

Hijos de Veteranos vivos

50% 50% 50%
 

Cónyugues de Veteranos vivos

50% 50% 50%
 

Hijos de Veteranos fallecidos en acción o que su muerte estŽé relacionada al servicio activo

100% 100% 100%
 

Hijos incapacitados de Veteranos fallecidos en acción o que su muerte estéŽ relacionada al servicio activo hasta que termina incapacidad

100% 100% 100%
 

Cónyugues de Veteranos fallecidos en acción o que su muerte estŽé relacionada al servicio activo (mientras permanezca soltero/a)

100% 100% 100%

 

U.S. Department of Veterans Affairs

“GI Bill®” es una marca registrada del Departamento de Asuntos al Veterano (VA)

Capítulos bajo los cuales se les certifica para recibir beneficios de estudio:

  • Capítulo 1606 Montgomery GI Bill® – miembros de la reserva o guardia nacional
  • Capítulo 30 Montgomery GI Bill®—Active Duty (MGIB) – sirven al ejército activo de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos
  • Capítulo 31 Veteran Readiness and Employment (VR&E) – Para veteranos con discapacidad relacionada con el servicio militar y que no pueden trabajar en un empleo tradicional
  • Capítulo 33Post 9/11 GI Bill® – Para veteranos de servicio militar activo después del 9/11/2001. Este beneficio es transferible a los dependientes.
  • Capítulo 35 Dependent’s Educational Assistance – para dependientes de veteranos que hayan muerto en el servicio activo o estén completa y permanentemente discapacitados, debido a lesiones sufridas mientras estuvo en el servicio activo.

Nota: Al solicitar la activación de sus beneficios, bajo alguno de los capítulos mencionados, es recomendable que nos haga llegar copia del certificado de elegibilidad que le emiten; luego de usted haber solicitado el beneficio.

Políticas Aplicables

Todas las políticas de progreso académico y caducidad de cursos que rigen a los estudiantes de la UPR (ver Catálogo Institucional).

Repetición de Cursos para Estudiantes Veteranos

La Administración de Veteranos, regida por el 38 CRF (Código de Regulaciones Federales) no paga por repetición de cursos aprobados (A, B, C, D o P). Solo pagará la repetición de cursos fracasados o cursos en que se requiera una nota mayor a la obtenida.

Formas para solicitar el Certificado de Elegibilidad

Lea cuidadosamente la información e instrucciones incluidas en la solicitud.  Encontrará los teléfonos o enlaces a los que debe dirigirse para aclarar dudas.  Una vez complete la forma, debe enviarla a la dirección postal marcada en azul.

Página WEB www.gibill.va.gov

Direct Deposit Enrollment 

  • Si desea recibir sus beneficios mediante depósito directo, debe comunicarse al siguiente número: (877) 838-2778

Estudiantes activados por las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos y la Guardia Nacional de Puerto Rico 

Evaluación de Graduación

En el Departamento del cual interesa graduarse puede recibir orientación por su consejero académico, sobre los cursos requeridos por su programa de estudios. Cada semestre, con anticipación al proceso de matrícula, debe orientarse adecuadamente sobre los requisitos establecidos.

ES RESPONSABILIDAD DEL/LA ESTUDIANTE:

  • Solicitar oficialmente el grado, radicando la petición correspondiente en la Oficina de Registraduría según el calendario académico.
  • Satisfacer todas sus obligaciones financieras con la Universidad de Puerto Rico.

Graduación

Debes radicar la solicitud de graduación un semestre antes al que esperas graduarte. En el calendario académico encontrará las fechas límites para cada semestre.

La solicitud debe ser radicada en la Oficina de Registraduría y tiene que ser acompañada con un recibo del Oficial de Recaudaciones, por la cantidad de $80.00.

Para cualificar como candidato a grado, diploma o certificado, un estudiante ha de cumplir con los siguientes requisitos:

1.    Haber aprobado con un índice académico de 2.00 los cursos del programa que haya elegido.

2.    Aprobar los últimos 28 créditos en una de las unidades de la Universidad de Puerto Rico.

3.    Satisfacer todas las deudas que tenga contraídas con la institución.

4.    No estar bajo acción disciplinaria.

5.    Haber sido recomendado por la facultad correspondiente al grado a que aspira.

6.    Asistir a los ejercicios de graduación, a menos que haya sido excusado por el Decano de Asuntos Estudiantiles.

La Universidad celebra los Actos de Graduación una vez al año, al finalizar el segundo semestre. Los candidatos que completen los requisitos de graduación en las sesiones académicas anteriores a la graduación, recibirán un certificado de terminación de sus estudios, si lo solicita.

Normas para la otorgación de Honores basada en la Certificación #11(1988-1989) del Senado Académico (ACR) para estudiantes aceptados al programa antes de agosto 2002.

  • CL      El candidato se gradúa con honor (CUM LAUDE) si su promedio de graduación  (IGD) está entre 3.00 y 3.32 inclusive.
  • MCL    El candidato se gradúa con alto honor (MAGNA CUM LAUDE) si su promedio de graduación (IGD) está entre 3.33 y 3.99 inclusive.
  • SCL    El candidato se gradúa con excelentísimo honor (SUMMA CUM LAUDE) si su   promedio de graduación (IGD) es 4.00.

A los estudiantes que fueron admitidos mediante nuevo ingreso a partir de agosto 2011, se le aplicará la Certificación Núm. 2011-12-07 del Senado Académico de la Universidad de Puerto Rico en Aguadilla donde los índices cambian de la siguiente manera:

  • CL El candidato se gradúa con honor (CUM LAUDE) si su promedio de graduación (IGD) está entre 3.30 y 3.49 inclusive.
  • MCL El candidato se gradúa con alto honor (MAGNA CUM LAUDE) si su promedio de graduación (IGD) está entre 3.50 y 3.94 inclusive.
  • SCL El candidato se gradúa con excelentísimo honor (SUMMA CUM LAUDE) si su promedio de graduación (IGD) está entre 3.95 y 4.00 inclusive.

Hold Flags

LEYENDA “HOLD FLAGS”
01 Admisiones
02 Servicios Médicos
03 Registraduría
04 Recaudaciones
05 Decanato de Estudiantes
06 Asistencia Económica
07 Oficina Fiscal
08 Cobros y Reclamaciones
09 Oficina de Asistencia Económica
12 Recaudaciones
13 Biblioteca
15 Cobros y Reclamaciones (multa de transito)
26 Registraduría (PM)
27 Orientación y Consejería

Índice Académico General

El índice académico es la medida del aprovechamiento del estudiante. Se calcula dividiendo el número total de créditos acumulados en las asignaturas en las que el estudiante haya recibido calificación final, incluyendo las calificaciones de “F” no repetidas, por el número total de puntos de honor que resultan del valor asignado a cada calificación, a saber: A-4, B-3, C-2, D-1, F-0. Las asignaturas señaladas con “W” no se cuentan para el índice.

Un índice académico de 2.00, el cual representa una calificación de “C”, es considerado satisfactorio a nivel subgraduado. Las notas obtenidas en la Sesión de Verano se computan para el índice académico del año siguiente.

El índice de graduación es la medida del aprovechamiento del estudiante. En este cálculo sólo se consideran aquellos cursos requeridos hacia el grado.

El índice de especialidad es la medida del aprovechamiento del estudiante. En este cálculo sólo se consideran aquellos cursos de la especialidad.

El índice de retención es el índice mínimo de aprovechamiento necesario para permanecer como estudiante en el Recinto. Se considerará deficiente la labor académica de un estudiante si no cumple con el índice mínimo al finalizar cada año.

certificacion 3 86-87

certificacion 29 15-16

Información para los Padres

La Oficina de Registro tiene la responsabilidad de custodiar y mantener los expedientes académicos de los estudiantes graduados y subgraduados, activos e inactivos, mientras vigila por la privacidad y seguridad de los expedientes según requerido por ley.

La ley federal de 1974, conocida como Family Educational Rights and Privacy Act, también se conoce como Enmienda Buckley. Protege la privacidad de los expedientes educativos de los estudiantes y transfiere los derechos a los estudiantes una vez éstos:

  • Cumplan los 18 años de edad
  • Asisten a cualquier institución o universidad de nivel post secundario.

Para poder divulgar información de los expedientes educativos de los estudiantes es necesario obtener autorización por escrito de parte de éstos. Se permite la divulgación de información a los padres si estos lo reclaman en la planilla de contribuciones sobre ingresos.

  • La evidencia debe ser presentada ante el(la) director(a) de la Oficina de Registro; a discreción de la institución.
  • De lo contrario, la única forma para poder divulgar la información es con el consentimiento escrito del estudiante.  La autorización debe especificar que autoriza se divulgue información contenida en el expediente académico; esto incluye el expediente educativo.

Leyes

Family Educational Right and Privacy Act (FERPA)
Mejor conocida por Enmienda Ley Buckley

 

PROPÓSITO

Es una ley federal que protege la privacidad de la información académica del estudiante. La ley aplica a todas las escuelas y universidades que reciben fondos bajo un programa aplicable del Departamento de Educación de los Estados Unidos.

Todo estudiante tiene derecho a acceder o negar la divulgación de su información académica confidencial. Puede solicitar acceso a su expediente académico mediante petición escrita para verificar la exactitud de su historial académico. Tiene también derecho a que se le notifique antes de suministrar la información por orden judicial o del Contralor de Puerto Rico.

A través del Portal NEXT, escogerá la Categoría de su preferencia, si no escoge alguna de las disponibles se le asignará la categoría III.

 

LEYES APLICABLES A LAS LIMITACIONES SOBRE EL USO DEL SEGURO SOCIAL – ABRIL 2007

Para prohibir el uso del número de Seguro Social como identificación rutinaria en instituciones educativas públicas y privadas desde el nivel elemental hasta el postgraduado, establecer las normas sobre el uso de este dato en las instituciones educativas, facultar al Consejo de Educación Superior y al Consejo General de Educación a imponer multas administrativas por violación a dichas normas y fijar plazo para su cumplimiento.

seguro-social

Matrícula

Matricula de Honor

Matrícula de Honor (certificación 47 2019-2020 Junta de Gobierno)

Requisitos

Los Estudiantes Elegibles a Matrícula de Honor deberán cumplir los siguiente Requisitos Específicos:

  1. Cursar el segundo año (o estar en su segundo año de estudios en la UPR, en el caso de estudiantes en traslado), tener un índice general de 3.50 o más y estar dentro del 4 por ciento (4%) superior de la cohorte de todos los estudiantes regulares de su mismo año de nuevo ingreso al nivel de estudios.
  2. En los programas académicos organizados en semestres, el estudiante debe haber aprobado veinticuatro (24) créditos durante su primer año de estudios.
  3. En lo sucesivo, haber aprobado no menos de doce (12) créditos durante la sesión anterior, tener un índice general de 3.50 o más y estar dentro del cuatro por ciento (4%) superior de la cohorte de todos los estudiantes regulares de su mismo año de nuevo ingreso al nivel de estudios.

Beneficios

  1. Los Estudiantes Elegibles a Matrícula de Honor disfrutarán de matrícula adelantada. Además, se realizará una anotación especial en su expediente académico consignando su estatus de Estudiantes Elegibles a Matrícula de Honor en cada sesión que cualifique para la ayuda económica.
  2. Todo estudiante admitido de otra unidad del sistema universitario mediante Traslado Articulado o mediante Traslado por Solicitud, mantendrá la elegibilidad como Estudiante Elegible a Matrícula de Honor conferida por su unidad de origen durante la primera sesión del año en que se traslade a la unidad receptora. Su elegibilidad en lo sucesivo se determinará relativa a la cohorte de todos los estudiantes regulares de su mismo año de nuevo ingreso de la unidad receptora.
  3. Todo estudiante admitido de otra institución mediante transferencia, será elegible para recibir Matrícula de Honor a partir del segundo año de ser admitido en Traslado a la UPR, a base de los cursos intentados en la Institución, siempre y cuando cumpla con todos los demás requisitos, términos y condiciones generales y específicas.

Notas en Línea

Entrar al Sistema Electrónico de Notas de Estudiantes

MiUPRAg

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Sistema Electrónico de Notas de Estudiantes

Prematícula

¿Qué es el proceso de pre-matrícula?

Es el proceso mediante el cual el estudiante reserva los cursos y secciones que interesa tomar en la próxima sesión académica.

¿Quiénes participan en este proceso?

Todos los estudiantes admitidos y activos de la Universidad.

¿Qué proceso se debe seguir?
El estudiante deberá hacer su pre-matrícula en las fechas estipuladas en el

calendario académico. Accederá la página del colegio www.uprag.edu/matricula.php, donde aparecerá su turno de matricularse y número de operador. Este procedimiento lo podrán llevar a cabo a través de la Internet, desde su casa o visitando los laboratorios de computadoras, en los días y horarios disponibles.

¿Es importante participar en este proceso?
Sí,
aquel/la estudiante que no hace pre-matrícula no tiene reservación de

cursos para el semestre siguiente; se atenderá el último día de matrícula.

¿Cuándo se realiza el proceso de pre-matrícula?
La Universidad señala un periodo para este proceso en los calendarios académicos aprobados por la Junta Administrativa de nuestra Universidad y publicados por la Oficina de Registraduría en cada semestre.

¿El estudiante recibe información de los cursos y secciones que le han sido reservados?

Sí, si realizó pre-matrícula, recibirá su horario de clases por correo, junto con el turno de matrícula y las instrucciones para efectuar el pago. Estos cursos serán reservados hasta el último día regular de pago de matrícula del semestre, día límite para confirmarlos. De no confirmar estos cursos durante este periodo, los mismos le serán eliminados y se pondrán a disposición de otros estudiantes.

Progreso Académico para Asistencia Económica

¿Qué es Progreso Académico?

El progreso académico es el proceso mediante el cual se mide el cumplimiento de los estudiantes con las Políticas establecidas para la participación en Programas de ayudas Económicas. [Cert.55 2016-2017 y enmienda Cert. 108 2018-2019; Junta de Gobierno]

Opúsculo de Asistencia Económica

Prórroga

El Decano de Asuntos Estudiantiles puede otorgar prórroga (Certificación 90 (1974-75) del Consejo de Educación Superior y las Certificaciones 70 (2004-05) y 91 (2004-05) de la Junta de Síndicos) para efectuar el pago de los derechos de matrícula a los estudiantes de probada necesidad económica y que lleven un programa regular, con las siguientes condiciones:

  • La prórroga habrá de solicitarse durante el plazo señalado por el Decano de Asuntos Estudiantiles.
  • El Decano evaluará la necesidad económica del estudiante y determinará la cantidad de prórroga a conceder, que en ningún momento será mayor del 80% del costo de los créditos o matrícula básica. El balance adeudado se pagará en 2 a 4 pagos, siendo el último, 30 días antes de la fecha en que finalizan los cursos del semestre académico.
  • Todos los derechos y depósitos deben pagarse en moneda corriente de los Estados Unidos, por cheque certificado o giro postal por el total adeudado, expedido a favor de la Universidad de Puerto Rico.
  • Los conceptos que se cobran a los estudiantes en adición a la matrícula, tales como cuota de mantenimiento, cuota de tecnología, plan médico y laboratorios, no cualifican para prórroga.
  • Algunos casos excepcionales de prórroga serán atendidos por el Decano de Asuntos Estudiantiles.

Reclamaciones

Si el/la estudiante entiende que hay alguna discrepancia en la información que aparece en su información personal o en su expediente académico, deberá completar el Documento de Reclamación.

Entre las reclamaciones más comunes están:

  1. Bajas
  2. Cantidad de créditos
  3. Nombre (debe estar acompañado con copia del acta de nacimiento)
  4. Notas
  5. Promedio
  6. Seguro Social (debe estar acompañado con copia de la tarjeta)
  7. Cualquier otra duda respecto a su expediente

Requisitos del Sistema para Poder Procesar el Pago en Línea

De confrontar alguna dificultad técnica durante el proceso de efectuar el pago en línea debe cerciorarse que su navegador de internet o “browser” cumpla con los siguientes requisitos:

1. Debe permitir ejecutar javascript y ventanas “pop-up”
Si su navegador tiene la opción para inhabilitar javascript activada, debe quitarla para permitir que se muestren las ventanas “pop-up”, puede especificar que sólo permita ventanas “pop-up” que provengan de https://www.uprag.edu.

2. Si tiene instalado en su navegador el Google bar, MSN bar o Yahoo bar debe especificar que le permita mostrar las ventanas “pop-up” que provengan de https://www.uprag.edu. Algunos ejemplos de como desactivar sus “pop-blockers”

3. Debe tener instalado Java Virtual Machine
Para procesar su pago con ATH es necesario que tenga instalado el programa de Java disponible para bajar en https://www.java.com.

Personal de la Oficina de Registro

Sra. Wanda Feliciano Méndez
Registradora
Dirección de correo electrónico: wanda.feliciano1@upr.edu
Ext. 6244

Sra. Beatriz Cruz Crespo
Registradora Auxiliar
Dirección de correo electrónico: beatriz.cruz5@upr.edu
Ext. 6101

Sra. Dyanoris Colón Nieves
Oficial de Evaluaciones
Dirección de correo electrónico: dyanoris.colon@upr.edu
Ext.3343

Sra. Yamalis González Cordero
Oficial de Evaluaciones
Dirección de correo electrónico: yamalis.gonzalez@upr.edu
Ext. 3368

Srta. Elianet Cortes Torres
Oficial de Anotaciones
Dirección de correo electrónico: elianet.cortes@upr.edu
Ext. 2233

Sra. Cristal Medina Caraballo
Oficial de Anotaciones
Dirección de correo electrónico: cristal.medina4@upr.edu
Ext. 3342

Sr. Edwin Tavárez Mercado
Secretario Administrativo I
Dirección de correo electrónico: edwin.tavarez@upr.edu
Ext. 6244

Comuníquese

Dirección postal

Universidad de Puerto Rico en Aguadilla
Oficina de Registraduría
PO Box 6150
Aguadilla, PR 00604-6150

Dirección Física

Calle Belt, Edificio: 632 Antigua Base Ramey,
Aguadilla, PR 00604


Teléfono y Correo electrónico

Cuadro telefónico: (787) 890-2681
Extensiones: 6244
correo electrónico: registro.aguadilla@upr.edu

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